A través del dictado de la Resolución General Nº 5482 (B.O. 1/2/24), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el 31 de julio de 2024, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.
La norma alcanza a las micro, pequeñas y medianas empresas – Tramo I y II -, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud. Esto implica que están incluidas casi la totalidad de las empresas de nuestro sector.
La Resolución General fue publicada en el Suplemento del Boletín Oficial del día de la fecha, disponiendo que la misma tendrá vigencia a partir del día de su dictado (1° de febrero).